{"file_id":"F8","vid":"V1037","name":"g126_5","var_intrvl":"contin","var_dcml":"0","var_wgt":null,"var_is_wgt":null,"loc_start_pos":null,"loc_end_pos":null,"loc_width":null,"loc_rec_seg_no":null,"labl":"AGUINALDO EN ACTIVIDAD PRINCIPAL","var_imputation":"No se realiza la imputaci\u00f3n de datos.","var_security":"No aplica","var_resp_unit":"Persona entrevistada","var_analysis_unit":null,"var_qstn_preqtxt":"Se aplica a todas las personas de 14 a\u00f1os o m\u00e1s que declaran haber trabajado en la semana de referencia o que no habiendo trabajado tienen trabajo al que seguro volver\u00e1n. Trabajadores dependientes. Ocupaci\u00f3n principal","var_qstn_qstnlit":"\u00bfCu\u00e1nto recibi\u00f3 el mes pasado en su empleo asalariado de mayores ingresos? Aguinaldo","var_qstn_postqtxt":"Pasa a la pregunta siguiente","var_qstn_ivuinstr":"Ingresos de la ocupaci\u00f3n principal\nEs el conjunto de ingresos monetarios y no monetarios (en especie) que percibieron en el per\u00edodo de referencia, las personas que trabajan en relaci\u00f3n de dependencia, ya sean jornaleros o mensuales.\nEn el caso de los trabajadores que perciben la remuneraci\u00f3n en forma quincenal o diaria, como sucede con las personas que trabajan en el servicio dom\u00e9stico, se ayudar\u00e1 a calcular el monto mensual o directamente el c\u00e1lculo lo har\u00e1 el entrevistador, siempre asegur\u00e1ndose que el monto registrado corresponde al per\u00edodo solicitado (un mes), debiendo siempre asegurarse de\nla cantidad de d\u00edas trabajados por la persona en el mes anterior, de otra manera no podr\u00eda realizarse ninguna estimaci\u00f3n del entrevistador.\nEn el caso que la persona declare estar empleada en la semana de referencia y no cuente con ingresos en el mes anterior se aclarar\u00e1, en Observaciones, el motivo por el cual no aparece el monto en el casillero correspondiente. De la misma forma, si la persona declara no estar empleada y cuenta con ingresos en el mes anterior, se registrar\u00e1n en este \u00edtem con las aclaraciones pertinentes.\n\nAguinaldo: Se deber\u00e1 tener presente que se percibe obligatoriamente como m\u00ednimo en dos momentos del a\u00f1o, cobr\u00e1ndose la primera parte a mediados de a\u00f1o y la segunda al final del mismo (siempre que corresponda se anotar\u00e1 el monto recibido).\n\nSIEMPRE DEBE PREGUNTAR POR EL AGUINALDO Y SALARIO VACACIONAL\n\nUsted debe siempre consultar al entrevistado si cobr\u00f3 salario vacacional en el per\u00edodo por el que se consulta la encuesta, ya que var\u00edan entre una empresa y otra. S\u00ed termin\u00f3 la relaci\u00f3n laboral no olvide preguntar si percibi\u00f3 ingresos por salario vacacional, licencia no gozada y aguinaldo.","var_universe":"Todas las personas de 14 o m\u00e1s a\u00f1os de edad que declaran haber trabajado en la semana de referencia o que no habiendo trabajado tienen trabajo al que seguro volver\u00e1n.","var_universe_clusion":"I","var_sumstat":[{"value":"0","type":"vald","wgtd":null},{"value":"0","type":"invd","wgtd":null}],"var_txt":"Beneficio que todo trabajador percibe dos veces al a\u00f1o y que consiste en la doceava parte de todos los haberes generados desde el 1 de diciembre del a\u00f1o anterior hasta el 31 de mayo (recibido en junio) y la doceava parte de los generados desde el 1\/6 hasta el 30\/ 11 (recibido en diciembre).","var_catgry":[],"var_codinstr":"No aplica","var_concept":[],"var_format":{"type":"numeric","schema":"other","category":null,"name":null},"var_notes":"No aplica","var_val_range":{"min":"0","max":"200000"},"fid":"F8","sid":"779","survey_idno":"INE-ECH-2025"}