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Contar con derecho vigente implica disponer de un carné, recibo u otro documento que habilite a la persona a recibir este tipo de atención, en el momento que lo necesite. (No es necesario que el entrevistado presente al entrevistador este tipo de documentación). Estos pueden adquirir sus derechos de atención a través de FONASA o de forma particular (pago directo a la
institución). El pago directo a la institución puede ser a través de un miembro del hogar, de un miembro de otro hogar o del empleador de un miembro del hogar. Si el que paga es el empleador de un miembro del hogar se debe indicar a través de que miembro. No se debe registrar en ingresos el valor de la cuota pagada por el empleador, se imputa directamente.
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