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Es el conjunto de ingresos monetarios y no monetarios (en especie) que percibieron en el período de referencia, las personas que trabajan en relación de dependencia, ya sean jornaleros o mensuales.
En el caso de los trabajadores que perciben la remuneración en forma quincenal o diaria, como sucede con las personas que trabajan en el servicio doméstico, se ayudará a calcular el monto mensual o directamente el cálculo lo hará el entrevistador, siempre asegurándose que el monto registrado corresponde al período solicitado (un mes), debiendo siempre asegurarse de
la cantidad de días trabajados por la persona en el mes anterior, de otra manera no podría realizarse ninguna estimación del entrevistador.
En el caso que la persona declare estar empleada en la semana de referencia y no cuente con ingresos en el mes anterior se aclarará, en Observaciones, el motivo por el cual no aparece el monto en el casillero correspondiente. De la misma forma, si la persona declara no estar empleada y cuenta con ingresos en el mes anterior, se registrarán en este ítem con las aclaraciones pertinentes.
Propinas: Al igual que en los casos anteriores, se anotará el monto percibido por este concepto, asegurándose que el mismo no haya sido incluido en lo declarado junto con los sueldos o jornales. Tenga en cuenta que existen empleos donde el concepto propina adquiere una considerable proporción sobre el ingreso. Ejemplo: taximetristas, mozos, pisteros, mucamas,
maleteros, guías turísticos, cadetes, repartidores, etc.
Usted debe siempre consultar al entrevistado si cobró salario vacacional en el período por el que se consulta la encuesta, ya que varían entre una empresa y otra. Sí terminó la relación laboral no olvide preguntar si percibió ingresos por salario vacacional, licencia no gozada y aguinaldo.
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