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Relevar los ingresos personales que se reciben, por parte de Instituciones públicas o privadas así como de otros hogares, sin necesidad de una contraprestación. En algunos casos, el causante del beneficio puede ser una persona menor de 14 años,
correspondiendo el registro a quien cuenta con la facultad para hacer efectiva dicha transferencia, como es el caso de la asignación familiar o de la pensión que pasa un padre que no vive con su hijo.
Este beneficio es exclusivo de los funcionarios públicos ya que en la órbita privada es considerado como un incentivo y se registra en la pregunta N° 178 (comisiones, incentivos, etc.), por lo tanto en estos casos deberá marcar la opción “no” a esta pregunta.
Si la persona responde que sí, se debe preguntar si lo declaró en el sueldo. No es necesario preguntar el monto ya que existe un único valor por mes que será imputado.
Postpregunta
Si responde negativamente pasa a g150